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26 de mayo de 2020

Para trabajadores de Ñuble y del país acogidos a la Protección del Empleo: Mintrab pone a disposición dudas resueltas por la AFC

En la zona 9.130 solicitudes han sido aprobadas para suspender temporalmente los contratos y hacer uso de los fondos de cesantía.   

La Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social de Ñuble, informó que la cartera laboral ha puesto a disposición un decálogo de dudas, vinculadas a la Ley de Protección del Empleo, resueltas por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

La seremi Yeniffer Ferrada explicó que la norma –que al 22 de mayo había aprobado 9.130 solicitudes de suspensión temporal del contrato en la zona- tuvo algunos problemas en los soportes técnicos en las primeras semanas, pero que estos rápidamente fueron subsanados. “Tuvo que ver con la rapidez con que se implementó la ley, producto de la emergencia a la que nos enfrentamos, y por la disposición de plataformas tecnológicas adecuadas a ello”, explicó la titular del ramo en la región.

Ante requerimientos tanto de laborantes como empleadores, y a solicitud del Ministerio del Trabajo (Mintrab), en los últimos días la AFC respondió consultas recurrentes vinculadas al cálculo del monto (tomando los tres últimos meses de cotizaciones antes de la suscripción y sin considerar los bonos); a la fecha de pago (a los 30 días desde el inicio del pacto, y generando un calendario según cada caso) y al rechazo de solicitudes (pudiendo el interesado apelar en “estado de solicitud” a través de la web www.afc.cl), entre otras.

Asimismo, la entidad informó que habilitó una nueva funcionalidad para el envío de planillas de trabajadores de empresas con menos de 200 personas, en línea (pactos.afc.cl) y sin necesidad de completar formularios.

“La AFC no es una entidad estatal, pero la ley mandata a la Superintendencia de Pensiones a fiscalizar y regular su funcionamiento, y en el caso de la Protección del Empleo ha sabido canalizar las interrogantes que se han planteado, para dar respuesta oportuna, fundamentalmente a los trabajadores”, indicó la seremi Ferrada.

En la redes sociales del Mintrab se ha exhibido una serie de respuestas relativas a la Ley de Protección del Empleo, así como en el sitio web www.protecciondelempleo.cl.

 

Pertinencia de la norma

La seremi del Trabajo Yeniffer Ferrada comentó que el país atraviesa un complejo momento en materia económica, y que esto, indudablemente, repercute en el mundo del empleo. “Es un efecto que están teniendo, incluso, las economías globales, y nuestro país no ha quedado exento de ello. Sin embargo, el Gobierno ha actuado con sentido de urgencia y apelando a la responsabilidad fiscal para cuando pase la pandemia”.

Ferrada agregó que expertos de diversos sectores “han reconocido la pertinencia de haber establecido la Ley de Protección del Empleo para los fines de evitar una destrucción mucho mayor de puestos de trabajo. Si uno compara los registros administrativos de despidos de los últimos dos meses en la Dirección del Trabajo, se da cuenta de que la ley ha ido cumpliendo su principal objetivo. Sabemos que la disminución de los ingresos presenta un escenario muy difícil, pero sin esta ley ese escenario pudo haber sido aún peor”.

A nivel nacional, según datos oficiales, 555.002 trabajadores se encuentran con solicitudes aprobadas para la suspensión temporal del contrato, mientras que 24.961 se han acogido a la reducción de la jornada y 14.105 trabajadores de casa particular han tenido aprobación para la suspensión. Del total del número de empresas (92.204) que han solicitado hacer uso de la ley, el 1,3% corresponde a aquellas que entran en la categoría de “grandes”.